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Reducción de la Jornada Laboral en Colombia.

Trabajamos menos horas, por el mismo precio.


El 15 de julio de 2021 se dio el primer paso para la reducción de la jornada laboral en el país, con la promulgación de la Ley 2101 del 2021, se modifica el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, y se establece que la jornada laboral pasará de 48 a 42 horas semanales; Sin duda este hecho marca un antes y un después en la forma de trabajar y traerá consigo varios retos al momento de su aplicación. Por esta razón @laboratos quiso responder todas tus dudas con este cuestionario:


¿Cuál es el Objetivo de la Ley 2101/2021?

Busca reducir de manera gradual el numero de horas semanales trabajadas en Colombia, sin afectar los salarios ni los derechos y garantías de los trabajadores.


¿Por qué pensar en una reducción de las horas laborales en Colombia?

Desde el año 1962 la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ha producido variedad de recomendaciones para los países acogidos al Convenio OIT 161, como es el caso de nuestro país, así como de otros países de Latinoamérica y el mundo. Una de las principales recomendaciones, habla sobre la reducción del tiempo de trabajo semanal, considerando que no debe ser superior a las 48 horas, con el fin de velar por la salud física y mental de los trabajadores y a su vez, promover una mayor productividad. Todos los países acogidos al mencionado convenio deben mejorar su legislación y apuntarse a esta tendencia que busca que los trabajadores tengan más tiempo de esparcimiento, disfrute y goce con sus familias.



¿Todos los trabajadores en Colombia tendrán una reducción en su Jornada Laboral?

A pesar de que con la Ley 2101 del 2021 se modifica el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo, reduciendo la jornada laboral a 42 horas a la semana, repartidas en 5 o 6 días a la semana, garantizando un día de descanso, en ella se mantienen las excepciones con respecto a algunas labores, especialmente aquellas insalubres o peligrosas, donde se podrá reducir la jornada solo en el caso en el que se realicen los respectivos dictámenes al respecto; o en el caso de los adolescentes mayores de 15 años y menores de 17 años, en el que la jornada diurna máxima puede ser entre 6 y 30 horas semanales, evidenciando que no existió ningún cambio, ni para los trabajadores que ejercen labores de supervisión, dirección, confianza o manejo, quienes aún pueden tener hasta dos turnos el mismo día.


Con respecto a las empresas que deban mantener su actividad por turnos sucesivos, acordados previamente con el trabajador, donde no se supere los turnos sucesivos de (6) seis horas al día y treinta y seis (36) a la semana, el empleador no esta obligado a pagar recargos nocturnos, dominicales o festivos. Ya que se acuerda entre las partes dividir el horario de manera conveniente para ambos, sin perjuicio del trabajador ni del empleado.


¿Cómo es la aplicación de esta ley en Colombia?

La Ley 2101 de 2021 será aplicada de manera gradual dándole la posibilidad a los empleadores de incorporarla de manera paulatina. El 15 de junio de este año 2023, se cumplió la primera fecha límite dispuesta por la Ley, en donde se exigió a los empleadores reducir en tan solo 1 hora la jornada laboral, dejándola en principio, en 47 horas a la semana.

Para el año 2024 tendrá que pasar a 46 horas semanales, aumentando la reducción a 2 horas por semana. En 2025 debe ser reducida a 44 horas laborales a la semana y, por último, en el año 2026, llegaremos por fin, a la jornada laboral de 42 horas semanales.


Nos alegra que la aplicación de esta ley pueda traer un beneficio a la clase trabajadora colombiana, y que, por medio de esta, podamos acceder a mayor tiempo de disfrute con nuestras familias o dedicarnos a realizar actividades que enriquezcan la vida diaria. A pesar de que los empleadores puedan interpretar esta modificación normativa como un perjuicio, desde @laboratos, consideramos que más que impactar negativamente, puede existir una mejora en la productividad del trabajador.


Dato curioso:

Un estudio realizado en Islandia con más 2.500 participantes con igual salario (entre 2015 a 2019) catalogado como el más largo realizado en este tipo, demostró que mejoraron los indicadores de niveles de estrés y agotamiento. Además, se observó mayor productividad y calidad en la prestación de servicios.


Lo cierto es que este tema nos ha dejado un interrogante: ¿Será una realidad la aplicación de esta norma en Colombia, o tendremos que ponernos la camiseta para que las empresas no caigan?

¡Déjame saber tu opinión en un comentario o cuéntame de que tema te gustaría hablar!

2 Comments


Katiana Arellano
Katiana Arellano
Aug 09, 2023

¡Hola Jorge!

Gracias por tu consulta. Permíteme comentarte que la ley efectivamente exonera a las empresas de cumplir con dos de sus obligaciones:

  1. La jornada semestral del Día de la Familia (Parágrafo del Artículo 3 de la Ley 1857 de 2017).

  2. Jornadas dedicadas exclusivamente a actividades recreativas, culturales, deportivas o de capacitación (Artículo 21 de la Ley 50 de 1990).


Sin embargo, esta exoneración solo será válida si el empleador implementa la reducción de la jornada máxima legal de manera automática. Esto implica que la jornada laboral se ajustará y quedará en 42 horas semanales. En caso contrario, si la reducción se realiza de manera gradual, el ajuste debe ser proporcional y acordado con el trabajador. Solo una vez implementada…


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jorgetzo24
Aug 09, 2023

Hola, y que hay del dia de la familia, hay empleadores que interpretaron la eliminacion del mismo en el momento que empezo a regir la nueva ley.

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